Las subvenciones que puede recibir la empresa, entendemos por subvención cantidades recibidas de terceros y que normalmente si se cumplen unas condiciones no hay que devolver.
El Plan general contable no diferencia entre distintos tipos de subvenciones. En esta entrada vamos a estudiar las subvenciones a la explotación y en capital
- Subvenciones a la explotación
- Subvenciones en capital
- Subvenciones otorgadas por los socios
- Subvenciones otorgadas por terceros distintos a los socios
- Subvenciones reintegrables
- Subvenciones no reintegrables
- Subvenciones monetarias
- Subvenciones no monetarias
A continuación, vamos a ir viendo los diferentes tipos de subvenciones.
Subvenciones a la explotación
Son las recibidas de las Administraciones Públicas, empresas o particulares al objeto, por lo general.
Estas subvenciones se imputarán como ingresos en el ejercicio en que se conceden.
Para su contabilización, utilizaremos el grupo 74. Subvenciones, donaciones y legados del PGC.
• 740. Subvenciones, donaciones y legados a la explotación.
• 746. Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio.
• 747. Otras subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio.
Estas cuentas recogen los importes que deben ser imputados al resultado del ejercicio por subvenciones, donaciones y legados.

Subvenciones de capital
Son las cantidades que se entregan con carácter no periódico y con la finalidad de constituir una ayuda financiera, que a menudo tienen que cumplir determinadas condiciones. Son destinadas a financiar la estructura fija del beneficiario (por ejemplo, una subvención destinada a financiar total o parcialmente la adquisición de inmovilizados como terrenos, maquinarias, construcciones,)
Por subvenciones en capital entendemos aquella que recibe la empresa en un momento determinado y que se imputarán como ingreso a lo largo de varios ejercicios.
Criterio de imputación
El PGC para Pymes establece que cuando una subvención se concede para adquirir activos del inmovilizado intangible, material e inversiones inmobiliarias: se imputarán como ingresos del ejercicio en proporción a la dotación a la amortización efectuada en ese periodo para los citados elementos o, en su caso, cuando se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance. Por tanto, en principio la reflejaremos en una cuenta de Neto, es decir financiación no exigible y posteriormente iremos dando de baja esta partida para irla reflejando como ingreso del ejercicio al mismo ritmo que amortizamos el elemento adquirido con dicha subvención.
Cuentas que intervienen
•Cuenta 130. Subvenciones oficiales de capital. Recoge las concedidas por las Administraciones Públicas, tanto nacionales como internacionales, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, de acuerdo con los criterios establecidos en las normas de registro y valoración.
•Cuenta 746. Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio. Recoge el importe traspasado al resultado del ejercicio de las subvenciones, donaciones y legados de capital. Cuando la subvención no la concede la Administración Pública utilizaremos la cuenta 131. Donaciones y legados de capital.
•Cuenta 131. Donaciones y legados de capital. Donaciones y legados concedidos por empresas o particulares, para el establecimiento o estructura fija de la empresa (activos no corrientes) cuando no sean reintegrables, su movimiento es análogo al señalado para la cuenta 130.
Cuando registramos contablemente las subvenciones de capital, debemos tener en cuenta los distintos apuntes contables que llevan.
1º Registraremos la concesión de las subvenciones
2º Por la compra del inmovilizado
3º Por la amortización del inmovilizado a 31/12
4º Por la imputación al patrimonio neto de la subvención. Se registrará en el grupo 9
5º Por la imputación periódica a la cuenta de perdidas y ganancias de la subvención
6º Por la reducción periódica en el patrimonio neto de la parte de la subvención imputada a pérdidas y ganancias

Subvenciones otorgadas por los socios
El Plan establece que las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables recibidos de socios o propietarios, no constituyen ingresos, debiéndose registrar directamente en los fondos propios, independientemente del tipo de subvención, donación o legado de que se trate.
La valoración de estas subvenciones, donaciones y legados se hará por el valor razonable del importe concedido, y las de carácter no monetario o en especie se valorarán por el valor razonable del bien recibido, referenciados ambos valores al momento de su reconocimiento.
La cuenta para utilizar es la 118. Aportaciones de socios o propietarios: Esta cuenta recoge elementos patrimoniales entregados por los socios o propietarios de la empresa cuando actúen como tales, en virtud de operaciones no descritas en otras cuentas. Es decir, siempre que no constituyan contraprestación por la entrega de bienes o la prestación de servicios realizados por la empresa ni tengan la naturaleza de pasivo. En particular, incluye las cantidades entregadas por los socios o propietarios para compensación de pérdidas.


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