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Activos financieros: adquisición de acciones de otras sociedades CORTO PLAZO

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En esta primera entrada sobre Inversiones Financieras (acciones) vamos a explicar qué son los activos financieros, centrándonos en un caso muy habitual: la adquisición de acciones de otras sociedades como inversión.

A lo largo de esta serie veremos, con ejemplos sencillos y explicaciones claras, cómo se contabiliza la adquisición de estas acciones, cómo debemos actuar cuando cambia su cotización y qué ocurre con su valoración al cierre del ejercicio.

1. Adquisición de acciones de otras sociedades

Cuando adquirimos acciones de una empresa con la que no existe vinculación, estamos realizando una inversión financiera. Dependiendo de la finalidad y del plazo previsto para mantener dicha inversión, utilizaremos unas cuentas contables u otras.

De forma general, podemos distinguir entre:

  • Inversiones financieras a corto plazo, que se registran en la cuenta 540. Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio.
  • Inversiones financieras a largo plazo, que se registran en la cuenta 250. Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio.

¿Cuándo hablamos de una inversión a largo o a corto plazo?

La diferencia fundamental está en la finalidad y el horizonte temporal de la inversión.

Consideramos una inversión financiera como permanente o a largo plazo cuando nuestra intención es mantenerla durante un periodo prolongado, es decir, más allá del ejercicio económico en curso.

Por el contrario, hablamos de una inversión a corto plazo cuando nuestra intención es recuperar la inversión en un periodo reducido, normalmente dentro del ejercicio, buscando obtener una rentabilidad mediante la evolución del precio de las acciones.

2. Gastos asociados a la adquisición

Cuando compramos acciones, es posible que la operación lleve asociados determinados gastos, como pueden ser las comisiones de intermediación, corretajes u otros gastos relacionados con la adquisición.

Aquí debemos prestar especial atención al plazo y a la clasificación contable de la inversión.

En las inversiones financieras a corto plazo, los gastos asociados a la adquisición se registran, con carácter general, como gastos financieros, utilizando la cuenta:

669. Otros gastos financieros.

En cambio, cuando se trata de determinadas inversiones financieras clasificadas como activos financieros a largo plazo, los gastos directamente atribuibles a la adquisición pueden formar parte del valor inicial de la inversión, incrementando el importe registrado en la cuenta 250.

Por tanto, es importante distinguir correctamente entre una inversión a corto plazo y una inversión a largo plazo antes de realizar el registro contable.

3. Un ejemplo para entenderlo

Vamos a verlo con un ejemplo sencillo.

Supongamos que nuestra empresa compra acciones de otra sociedad por un importe de 10.000 € y paga una comisión de intermediación de 100 €.

Si la inversión se realiza con una finalidad de corto plazo, el tratamiento sería:

Debe

  • (540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio: 10.000 €
  • (669) Otros gastos financieros: 100 €

Haber

  • (572) Bancos: 10.100 €

En este caso, los 100 € de comisión se reconocen como gasto financiero.

Si, por el contrario, se trata de una inversión financiera a largo plazo y los gastos cumplen los requisitos para incorporarse al valor inicial del activo, el registro sería:

Debe

  • (250) Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio: 10.100 €

Haber

  • (572) Bancos: 10.100 €

Como podemos observar, en este segundo caso los gastos de adquisición incrementan el valor registrado de la inversión.

En las siguientes entradas veremos qué sucede cuando las acciones cambian de cotización y cómo debemos contabilizar su valoración, especialmente cuando llega el cierre del ejercicio.

La idea es ir avanzando paso a paso, utilizando diferentes ejemplos prácticos para que la contabilización de los activos financieros resulte mucho más sencilla de entender.

4. Valoración de las acciones al cierre del ejercicio

Como comentamos al inicio de esta entrada, al cierre del ejercicio, a 31 de diciembre, debemos revisar el valor de las inversiones en acciones y comprobar cuál es su valor razonable en esa fecha.

Para ello, debemos comparar el valor que tenemos registrado contablemente con el valor de las acciones a 31/12 y registrar la diferencia que se haya producido.

En este proceso utilizaremos principalmente dos cuentas:

  • (663) Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable, cuando el valor de la inversión disminuye.
  • (763) Beneficios por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable, cuando el valor de la inversión aumenta.

¿Qué ocurre si la cotización ha aumentado?

Si al cierre del ejercicio la cotización de las acciones es superior al valor que tenemos registrado, tendremos un aumento en el valor de nuestra inversión.

En este caso, incrementaremos el valor de la cuenta (540), si se trata de una inversión financiera a corto plazo, o de la cuenta (250), si se trata de una inversión financiera a largo plazo, y reconoceremos la diferencia como un beneficio por valoración en la cuenta (763).

Por ejemplo, imaginemos que tenemos acciones registradas por 10.000 € y que a 31 de diciembre su valor razonable asciende a 11.500 €.

La diferencia es de 1.500 €, por lo que realizaremos el siguiente asiento:

Debe

  • (540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio: 1.500 €

Haber

  • (763) Beneficios por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable: 1.500 €

De esta manera, la inversión queda registrada por 11.500 €.

¿Qué ocurre si la cotización ha disminuido?

El tratamiento es el contrario cuando el valor de las acciones disminuye.

Si las acciones están registradas por 10.000 € y a 31 de diciembre su valor razonable es de 8.500 €, tendremos una disminución de 1.500 €.

En este caso, reduciremos el valor de la inversión y reconoceremos la diferencia como una pérdida por valoración en la cuenta (663).

El asiento sería:

Debe

  • (663) Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable: 1.500 €

Haber

  • (540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio: 1.500 €

La inversión quedará así registrada por 8.500 €.

Resumen final:

Por tanto, al llegar al 31 de diciembre, debemos comprobar la cotización o valor razonable de nuestras acciones y compararlo con el valor por el que están registradas contablemente.

Si aumenta el valor: aumenta la cuenta 540 o 250 y reconocemos un beneficio en la 763.

Si disminuye el valor: disminuye la cuenta 540 o 250 y reconocemos una pérdida en la 663.

En definitiva, la diferencia entre el valor contable y el valor razonable a cierre del ejercicio se lleva a pérdidas o ganancias, de forma que la inversión quede reflejada por su valor correspondiente al cierre.

En el siguiente apartado veremos qué ocurre cuando llega el ejercicio siguiente y cambia nuevamente la cotización, ya que aquí aparece una cuestión muy interesante: debemos partir del nuevo valor contable y volver a calcular la variación producida.

5. Venta de acciones

Una vez que hemos visto cómo se contabiliza la adquisición de las acciones y cómo se actualiza su valor al cierre del ejercicio, vamos a ver qué ocurre cuando decidimos venderlas.

Cuando realizamos una venta de acciones, debemos dar de baja de nuestra contabilidad la inversión que estamos vendiendo. Para ello, utilizaremos la cuenta en la que tengamos registrada la inversión:

  • (540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio, si se trata de una inversión a corto plazo.
  • (250) Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio, si se trata de una inversión a largo plazo.

La cuenta correspondiente se llevará al Haber, dando de baja las acciones por el valor contable que tengan en ese momento.

¿Qué valor debemos tener en cuenta?

Aquí es importante recordar lo que hemos explicado en los apartados anteriores.

Imaginemos que inicialmente compramos unas acciones por 10.000 €. Posteriormente, al cierre del ejercicio, actualizamos su valor por la cotización y pasan a tener un valor contable de 12.000 €.

Si posteriormente vendemos esas acciones, no las daremos de baja por los 10.000 € que pagamos inicialmente, sino por los 12.000 €, que es el último valor por el que están contabilizadas.

Por tanto, para calcular el beneficio o la pérdida de la venta debemos comparar:

Precio de venta − valor contable de las acciones = beneficio o pérdida de la venta

¿Qué ocurre si no vendemos todas las acciones?

No siempre vamos a vender la totalidad de las acciones que tenemos.

Por ejemplo, podemos tener 1.000 acciones y decidir vender únicamente 400. En ese caso, únicamente daremos de baja de nuestra contabilidad las 400 acciones vendidas.

Para calcular el importe que debemos dar de baja, tendremos que determinar el valor contable correspondiente a las acciones que se venden.

Si nuestras 1.000 acciones tienen un valor contable total de 12.000 €, cada acción tendrá un valor contable de:

12.000 € / 1.000 acciones = 12 € por acción

Si vendemos 400 acciones:

400 acciones × 12 € = 4.800 €

Por tanto, daremos de baja de nuestra inversión 4.800 €, manteniendo en nuestra contabilidad las 600 acciones que todavía conservamos.

Beneficio o pérdida en la venta

Una vez determinada la cantidad por la que debemos dar de baja las acciones, compararemos ese importe con el precio de venta obtenido.

Para registrar esta diferencia utilizaremos:

  • (666) Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda, cuando el precio de venta sea inferior al valor contable de las acciones vendidas.
  • (766) Beneficios en participaciones y valores representativos de deuda, cuando el precio de venta sea superior al valor contable.

Por ejemplo, si las acciones que vendemos tienen un valor contable de 4.800 € y obtenemos por su venta 5.500 €, tendremos un beneficio de:

5.500 € − 4.800 € = 700 €

El asiento sería:

Debe

  • (572) Bancos: 5.500 €

Haber

  • (540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio: 4.800 €
  • (766) Beneficios en participaciones y valores representativos de deuda: 700 €

En cambio, si por esas acciones obtenemos únicamente 4.200 €, tendremos una pérdida de:

4.800 € − 4.200 € = 600 €

El asiento sería:

Debe

  • (572) Bancos: 4.200 €
  • (666) Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda: 600 €

Haber

  • (540) Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio: 4.800 €

¿Y si la venta tiene gastos?

Al igual que vimos en el apartado anterior, la venta puede llevar asociados gastos o comisiones.

Estos gastos se registrarán en la cuenta:

(669) Otros gastos financieros

Por tanto, cuando realicemos una venta de acciones debemos tener en cuenta tres elementos fundamentales:

  1. El valor contable de las acciones que estamos vendiendo.
  2. El precio obtenido por la venta.
  3. Los gastos o comisiones asociados a la operación, cuando existan.

De esta forma podremos determinar correctamente si la operación genera un beneficio o una pérdida y dar de baja de nuestra contabilidad únicamente las acciones que realmente hemos vendido.

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